“Hay que declarar al ingresar al país cuando el monto supera los 10.000 dólares, y en este caso se ha demostrado el incumplimiento de esta norma”, detalló Juan Olmedo, gerente de Aduanas, sobre la causa de Edgardo Kueider.
La Gerencia de Aduanas de Paraguay confirmó la sentencia en primera instancia en el caso del exsenador argentino Edgardo Kueider, quien fue interceptado con una suma de dinero en efectivo superior a los 200.000 dólares en un control aduanero.
“Efectivamente, hay que aclarar que, en Paraguay, cuando se trata de un proceso de esta tipología, primero se lleva adelante un juicio administrativo con dos etapas”, explicó el gerente de Aduanas, Juan Olmedo, en diálogo con GPS, que se emite por Elonce de 17:30 a 19:00 horas.
La primera etapa del proceso concluyó con la emisión de una sentencia por parte de la Gerencia de Aduanas, determinando la infracción aduanera y estableciendo una sanción que implica el decomiso del dinero y del vehículo utilizado. “En Paraguay, el dinero en efectivo es considerado una mercadería y, por lo tanto, estaba sujeto a las normas de declaración establecidas por la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero”, detalló Olmedo.
“Hay que declarar al ingresar al país cuando el monto supera los 10.000 dólares, y en este caso se ha demostrado el incumplimiento de esta norma. En esta primera instancia, se ha definido una sanción y se ha notificado a las partes el día lunes. Ahora tienen cinco días hábiles para presentar una reconsideración o aportar nuevos elementos de juicio que puedan ser evaluados en una segunda instancia”, explicó.
“Lo que se ha dictado es el decomiso del dinero y también del medio de transporte que se utilizó para configurar esta infracción. Por lo tanto, ambos valores –el dinero y la camioneta– van a ser incautados. El dinero será depositado en las arcas fiscales y la camioneta será subastada en un remate público. Lo recaudado con la subasta también será depositado en las arcas fiscales”, agregó.
En la misma línea, explicó qué sucederá en caso de que se presente una apelación: “Si se presenta un recurso, la segunda instancia en sede administrativa estará a cargo del director nacional de Ingresos Tributarios. Cuando él se expida sobre el caso, la sentencia que emita será comunicada a los órganos jurisdiccionales correspondientes”.