Condenaron por abuso sexual a expolicía que había sido penado por la sedición de 2013

LOCALES PROVINCIALES

Luis Roberto Jesús Carlino recibió una pena de seis años de prisión por abuso sexual agravado, tras un juicio abreviado. El expolicía ya había sido condenado por su participación en la sedición policial de diciembre de 2013.

El expolicía Luis Roberto Jesús Carlino fue condenado a seis años de prisión por abuso sexual agravado, en el marco de una causa que involucró a un menor de edad. El fallo se resolvió mediante un juicio abreviado y se sumó a una condena anterior que había recibido por los hechos vinculados con la sedición policial de diciembre de 2013.

Carlino fue condenado por el delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido aprovechándose de la convivencia preexistente con un menor de edad y por su condición de ascendiente, reiterado, a raíz de dos hechos que fueron considerados en concurso real.

La condena, según publicó Concordia Policiales, fue dictada por el vocal de los Tribunales de Concordia, Pablo Garrera Allende. El procedimiento se desarrolló mediante un juicio abreviado que había sido acordado entre el abogado defensor del expolicía, Alejandro Giorgio, y la fiscal de la causa, Daniela Montangie, con el consentimiento de las víctimas.

La condena anterior por la sedición policial

Carlino ya contaba con antecedentes judiciales relacionados con los hechos ocurridos durante la sedición policial de diciembre de 2013. En julio de 2015, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia lo había condenado a tres años y medio de prisión y siete años de inhabilitación.

El tribunal que intervino en aquella oportunidad estuvo integrado por los jueces Jorge Barbagelata, Silvina Gallo y Darío Perroud.

La causa había estado relacionada con los acontecimientos registrados entre el 8 y el 9 de diciembre de 2013, cuando un grupo de policías tomó la Jefatura Departamental Concordia en el marco de un reclamo por aumentos salariales y mejoras laborales.

Los hechos de diciembre de 2013

La protesta había dejado a la ciudad sin el normal servicio de seguridad y, durante aquellas jornadas, se produjeron saqueos en distintos comercios. Como consecuencia de los hechos registrados en ese contexto, tres personas murieron.

La condena dictada en 2015 fue posteriormente apelada por las defensas. En 2022, la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos rechazó los planteos de prescripción de la acción penal y los recursos que habían sido presentados contra las condenas.

Un año después, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó las impugnaciones formuladas por las defensas y confirmó lo que había sido resuelto en las instancias judiciales anteriores.

Tras esos pronunciamientos, la defensa oficial presentó un recurso extraordinario federal que posteriormente llegó en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El máximo tribunal desestimó la presentación por cuestiones formales. De esa manera, quedaron firmes las condenas que habían sido dictadas contra los policías por los acontecimientos de diciembre de 2013.